Sellegó a un acuerdo económico con este vecino, pero a mí me parece excesivo el precio acordado. He intentado informarme que pasa cuando se quiere instalar un ascensor en estas circunstancias, en las que se tiene que ocupar una parte del patio que es de uso privativo de un vecino. No me queda claro como está la ley en eso
Noobstante, para la instalación de un ascensor en una comunidad de propietarios también debemos poner este artículo mencionado en relación con el 17.2 de la L.P.H, que establece que sin
Amedida que pasan los años, cambian nuestras necesidades y se hace preciso la instalación de un ascensor. La edad es uno de los condicionantes que hace ineludible
Elcosto de instalar un ascensor en una comunidad de vecinos puede variar según diversos factores, como el tamaño y características del edificio. En promedio, este proyecto puede oscilar entre los 30.000 € y los 50.000 €, aunque en edificios comerciales y de lujo puede llegar a los 120.000 €.
Índicede la entrada. 1 Cuando se trate de la instalación de un nuevo ascensor en la Comunidad de vecinos que no lo tenían.. 1.1 Así ha venido estableciéndose la jurisprudencia:; 2 Cuando se trate de gastos de mantenimiento, conservación y reparación. En este apartado es necesario distinguir entre dos
LaAudiencia Provincial de Barcelona en la Sentencia CIVIL Nº 282/2018, AP - Barcelona, Sec. 16, Rec 17/2017, 19-06-2018 le da la razón a una comunidad de propietarios que se negó a la instalación de un ascensor por ser un carga desproporcionada, ya que los vecinos no podían hacer frente al pago de la instalación.
Desdeel día de entrada en vigor de esta norma (01.01.2016) es posible reiniciar los expedientes expropiatorios frente a los propietarios que se opongan a instalar ese ascensor en una comunidad de propietarios. Po dría discutirse la forma que ha de darse a dicho expediente expropiatorio (a través de las ordenanzas municipales, a
Parapoder instalar un ascensor en una comunidad, es necesario que este responda a ciertas medidas mínimas legales. En general, se pide que la cabina tenga por lo menos un metro de ancho, como así también 1,25 metros de profundidad. En lo que refiere a la puerta, esta debe tener por lo menos un ancho de 80 centímetros.
Buenosdías:La comunidad ha aprobado la instalación de un ascensor.Vivo en un bajo y en ningún momento lo voy a utilizar.Me hacen pagar la misma derrama que cualquier otro vecino.La instalación a 50 centímetros de mi ventana supone quitarme toda la luz del pasillo.Le indico que lo instalen más próximo a la pared de enfrente,que es el
Inclusosi los locales vienen disfrutando de una exoneración tácita de pagar por los gastos generales no individualizables, se le podría exigir su contribución a la
AHgBI.